Las razones por las que el SAT puede inmovilizar tus depósitos bancarios
Todo país cuenta con ciertos niveles de riquezas, y por lo general, existen instituciones gubernamentales que se encargan de administrar la economía de la nación. En México contamos con el Servicio de Administración Tributaria, también conocido por sus siglas como el SAT.
El SAT, bien conocido por todos los y las mexicanas, temido por algunos, ignorado por otros, pero, tarde o temprano, siempre presente en la vida de toda persona nacida en México.
Esta institución de gobiernos, la cual cuenta con autoridad en todo el territorio nacional, tiene como objetivo hacer valer el reglamento fiscal de la nación, es decir, todo aquel que realice actividades económicas dentro del país, ya sea persona física o moral, tendrá que presentar ante el SAT un porcentaje mínimo de las ganancias con el fin de aportar al gasto público de la sociedad, con esto nos referimos a alumbrado público, mantenimiento de calles y parques, limpieza de sitios públicos y monumentos, entre otras cosas.
Al momento de hacer valer las leyes fiscales del país, el SAT siempre se encuentra con situaciones en las que es debido intervenir directamente, esto para evitar posibles fraudes fiscales.
Esto se da por tener discrepancias en las declaraciones que se dan al organismo o información falsa o errónea, llegando a provocar auditorias, problemas legales, e incluso, el congelamiento de tus cuentas bancarias.
Este último punto es desconocido para muchos de los usuarios del SAT o personas que realicen algún tipo de actividad economía, el servicio tributario tiene todo el peso de la ley de su lado y la autoridad para contactar a las instituciones financieras que tengan funciones en el país para pedir información sobre cualquiera de sus usuarios y aplicar sanciones, tal y como lo es la inmovilización de depósitos bancarios para que usuario no pueda hacer uso de estos hasta que el adeudo que se tiene con el servicio tributario sea saldado.

Esta situación puede deberse a varios puntos, entre los más comunes están:
- Si se tiene adeudos fiscales para los cuales no dispusiste ningún tipo de argumento, o en su defecto, que el veredicto haya sido a favor del SAT.
- Se cuenta con un adeudo fiscal al cual ya se han declarados defensas, pero, no fueron sustentadas, y, por ende, no hay garantía de ellas.
Por estas razones, el SAT tiene la obligación de contactar a la institución bancaria a la que perteneces para solicitar el congelamiento de los recursos bancarios del acusado y la transferencia de este mismo hasta que el costo de la deuda haya sido cubierto en su totalidad, esto a modo de sanción y de que el monto que se debe, sea saldado.
Antes estas situaciones, el SAT ofrece otras opciones, con las cuales el usuario afectado deberá ofrecer otra garantía de que la deuda será cubierta.
- Pago por depósitos de dinero o crédito aprobado por la institución bancaria
- Hipoteca o prenda
- Pago de fianza impuesta por la autoridad correspondiente
- Que un tercero se haga cargo de la deuda, tendrá que comprobar su idoneidad e ingresos
- Embargo
- Cambio por títulos de valor o alguna otra propiedad valiosa del usuario
Para evitar este tipo de situaciones, es muy recomendable estar al tanto de cualquier situación con el SAT, así como de mantener actualizados los datos que tienen de nosotros, ya que, cualquier malentendido, la institución nos contacta por el buzón tributario o personalmente al domicilio que tienen en sus registros.