¿Se puede decir “banear” en lugar de bloquear o prohibir? Esto es lo que dice la RAE

¿Se puede decir “banear” en lugar de bloquear o prohibir?

Los idiomas se han enriquecido a lo largo de los años, es por eso que muchos de los términos que usamos hoy en día son extranjerismos. De hecho, podemos decir que los extranjerismos están presentes en nuestra habla diaria, pero algunos de ellos son tan comunes que han sido recogidos por la lengua española bajo sus propias reglas, por ello, es importante tenerlo en cuenta para evitar incorrecciones ortográficas.

¿Se puede decir “banear” en lugar de bloquear?

Respuesta corta: No. Lo recomendable es usar términos propios del español en lugar de «banear», por ejemplo: bloquear, prohibir, restringir, excluir, vetar, denegarEn español tenemos algunos verbos que puede servir para traducir el inglés to ban sin necesidad de usar el neologismo banear. Vea los siguientes ejemplos:

  • Enviaba demasiados mensajes no deseados, por eso se ganó un bloqueo.
  • Le prohibieron el acceso debido a su mal comportamiento.

El diccionario panhispánico de dudas dice que todos los idiomas se han enriquecido a lo largo de su historia con aportaciones léxicas procedentes de lenguas diversas. Indica que es importante que su incorporación responda en lo posible a nuevas necesidades expresivas y, sobre todo, que se haga de forma ordenada y unitaria, acomodándolos al máximo a los rasgos gráficos y morfológicos propios del español.

“Con el fin de recomendar soluciones que se ajusten a las pautas señaladas, este diccionario comenta un grupo numeroso, aunque necesariamente limitado, de voces extranjeras habitualmente empleadas por los hispanohablantes”, se lee en su sitio web. “Concretamente, los extranjerismos crudos incluidos en la última edición del Diccionario académico (2001), así como los extranjerismos adaptados que allí se registran cuando aún es frecuente encontrarlos escritos en textos españoles con las grafías originarias. Además, se han añadido algunos extranjerismos no recogidos por el Diccionario académico, pero que son hoy de uso frecuente en el español de América o de España”.

Criterios generales de la RAE sobre los extranjerismos.

  1. Extranjerismos superfluos o innecesarios. Son aquellos para los que existen equivalentes españoles con plena vitalidad. En el artículo se detallan esas alternativas y se censura el empleo de la voz extranjera. Ejemplos: abstract (en español, resumen, extracto), back-up (en español, copia de seguridad), consulting (en español, consultora o consultoría).
  2. Extranjerismos necesarios o muy extendidos. Son aquellos para los que no existen, o no es fácil encontrar, términos españoles equivalentes, o cuyo empleo está arraigado o muy extendido.

De acuerdo con las normas de la Ortografía de la lengua española, los extranjerismos y latinismos crudos o no adaptados (aquellos que se utilizan con su grafía y pronunciación originarias y presentan rasgos gráfico-fonológicos ajenos a la ortografía del español) deben escribirse en los textos españoles con algún tipo de marca gráfica que indique su carácter foráneo. Las locuciones o dichos en otras lenguas que se utilicen en textos españoles deben escribirse preferentemente en cursiva o, en su defecto, entre comillas. Vea los siguientes ejemplos:

  • La historia tuvo un happy end de película.
  • Su bien ganada fama de femme fatale le abría todas las puertas.
  • La tensión fue in crescendo hasta que, finalmente, estalló el conflicto.
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