Ojo que se vencen los plazos: esta es la forma de pedir ciudadanía española para los descendientes

Dentro de la comunidad hispanohablante, la ciudadanía española es una de las más buscadas, y esto a causa de que para el migrante es mucho más sencillo adoptar una nueva nacionalidad que tenga semejanzas con su cultura de origen y que no le implique la necesidad de aprender un idioma diferente.
Sin embargo, España no es la única nación que ha abierto sus puertas para recibir migrantes de cualquier parte del mundo: también Portugal lo ha hecho. Estos dos países abrieron sus fronteras para brindar una oportunidad de vida distinta a miles de migrantes latinos. Sin embargo, a pesar de la hospitalidad de estas naciones, para poder solicitar la nacionalidad en alguno de ellos, es necesario contar con un requisito: que la persona solicitante tenga alguna relación con estos países por medio de sus apellidos. A continuación, te detallaremos cuáles son las vías que se aplican actualmente para ser acreedor a la nacionalidad de alguno de estos dos países:
¿Qué requisitos son necesarios para solicitar la nacionalidad española?
Ley sefardí
En el año 2015, tanto el gobierno de España como el de Portugal permitieron que algunas personas pudieran adquirir la nacionalidad, siempre y cuando estas contaran con un apellido judío, debido a que se trató de una población que fue expulsada de ambos países europeos desde 1492.
De esta manera, la ley sefardí aceptaba a los descendientes de los judíos sefardíes que fueron expulsados de España y Portugal en el siglo XV para que pudieran obtener de forma más fácil la nacionalidad de esos países. Para tener acceso a la condición sefardí, es necesario contar con el certificado de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE). En el portal del FCJE es posible consultar cualquier información y presentar los documentos.

Ley de Memoria Democrática
La normativa, conocida como Ley de Memoria Democrática o también llamada “la Ley de los Nietos”, tiene el propósito de ampliar “las opciones para la adquisición de la nacionalidad española para descendientes de quienes sufrieron exilio”, incluso desde 1978. En este sentido, todos aquellos que tengan conocimiento sobre ancestros que escaparon de España y por ende, perdieron la nacionalidad, podrán solicitar la documentación necesaria que los acredite como ciudadanos españoles, incluso sin haber pisado nunca el territorio español.
“Los nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originalmente hubieran sido españoles y que, como consecuencia de haber sufrido el exilio por razones políticas, ideológicas, creencia o de orientación o identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española”. Es lo que se afirma en la normativa.
En el caso de la Ley de Memoria Democrática, es importante resaltar que el plazo máximo que tienen los solicitantes para presentar la aplicación es hasta octubre de 2024. Y al tratarse de un proceso en el que se puede hacer solicitud de documentación adicional, es preciso que se realice con la mayor de cantidad de tiempo posible, para poder responder a los requerimientos de nueva documentación dentro de los tiempos estipulados.
De acuerdo con la ley, todo el proceso de solicitud de nacionalidad deberá formalizarse en un plazo máximo de dos años, a partir de la entrada en vigor de esta ley, lo que marca el 21 de octubre de 2024 como fecha límite. Si ese plazo vence, el Consejo de Ministros de España podrá acordar o no una prórroga, por un año más.
