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¿Es legal que tu jefe te busque fuera de tu horario laboral? Esto dice la ley

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Créditos de imagen: iStock

México es uno de los países con más carga laboral y con pocos días de descanso a nivel mundial, sumado a esto, también es uno de los que más abusa de sus trabajadores, puesto que, existen registros de que algunas empresas tienen la mala práctica de buscar por llamadas o mensajes a sus trabajadores después de su horario laboral o en días de descanso, afectado su bienestar personal y calidad de vida.

Pero, ¿es legal que tu jefe o superiores te hablen después de tu horario laboral?

Si tú como empleado sufres este tipo de situación, déjanos decirte que puede ser considerado como abuso o acoso laboral, y que la Ley Federal del Trabajo (LFT) te defiende de esta mala práctica, puesto que, es un derecho laboral que tu empresa, superiores o jefe respeten tu horario libre, con el fin de mantener un equilibrio entre tu vida laboral y tu bienestar personal.

Por ello, la ley establece como un derecho fundamental respetar tu vida privada y tiempos de descanso, que incluyen tu horario no laboral, días de descanso, vacaciones y días de incapacidad, en los cuales no debes de realizar ninguna actividad laboral o ser molestado por algún miembro de tu empresa.

¿En qué artículo de la LFT está indicado este derecho?

En el año 2021, con el aumento de trabajadores desde casa, se implementó el ‘artículo 68 Bis’ en la LFT que establece:

«Las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar».

Por ello, es indispensable que las empresas establezcan estrategias de regulación y modalidades en sus políticas internas que permitan garantizar este derecho a todos sus trabajadores y que puedan desconectarse totalmente después de su horario de trabajo.

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De igual manera, la ley establece que dentro de estas políticas internas deben de existir  «mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que, en su caso, puedan suscitarse cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral».

Además, en caso de ser obligado a atender situaciones laborales fuera de tu horario de trabajo, ya sea por mensaje, llamado o correo, el patrón o empresa, deben de pagarte tus horas extras, conforme a lo establecido en la ley.

Por otro lado, en caso de no respetar tu derecho a la desconexión, tu empresa o patrón pueden recibir multas de 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en este año tiene un valor de 108.57 pesos, por lo cual, el monto pude ser superior a los 500 mil pesos, esto de acuerdo con los artículos 999 al 1002 de la LFT.

De igual manera, estás respaldado por la NOM-037 Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, que fue establecida para proteger el derecho de los trabajadores de mantenerse desconectados del trabajo y evitar cualquier tipo de comunicación laboral en periodos de descanso, vacaciones o incapacidad.

La LFT y esta norma buscan un equilibro entre el trabajo y el ámbito personal, con el fin de mejorar y respetar el bienestar y calidad de vida de todos los trabajadores mexicanos y evitar problemas de salud, en su vida social o familiar.

Si eres acosado por algún superior fuera de tu horario laboral o recibes sanciones por no contestar llamadas, mensajes o correos, puedes presentar tu queja con el área de recursos humanos. En caso de no ser atendida, también puedes acudir por asesoramiento legal ante la Procuraduría Federal del Trabajo.


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