¡Adiós a la CURP! Ya no será necesaria para realizar estos trámites

¿Ya no te pedirán la CURP para algunos trámites? ¡Despreocúpate por tenerla! Ya no será necesario a partir de ahora para realizar este trámite, así que presta atención y toma nota.
La Clave Única de Registro de Población o CURP, <<sirve para registrar en forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales, extranjeras, así como mexicanas y mexicanos que radican en otros países>> de acuerdo con la Secretaría de Gobernación.
Como ya bien se sabe, este documento ha tenido una gran importancia a lo largo de nuestras vidas, y es que este nos permite identificarnos frente a situaciones en las que se amerita, tales como trámites escolares, laborales y más.
Obtener una impresión de tu CURP no tiene costo alguno, siempre y cuando el trámite lo hagas de manera personal mediante el portal en línea de CURP, si lo haces por segundas personas, lo más probable es que sí tenga un costo mínimo.
Por otra parte, el Servicio de Administración Tributaria, más conocido como SAT, es <<un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público>> según se menciona en el portal oficial.
¿Por qué te mencionamos al SAT? Porque la noticia del día de hoy tiene que ver con este órgano y el requisito de presentar la CURP como un documento más al momento de realizar un trámite.
Si bien el CURP es un documento que nos permite verificar nuestro registro en México, la realidad es que el SAT ha optado por eliminar este documento como parte de los requisitos más indispensables para realizar trámites como inscripción al RFC y la e.firma.

¡Ya no es necesaria la CURP para el SAT!
Así es, ya no será necesario contar con tu CURP a la mano para la primera vez que vayas a inscribirte ante el SAT, así como tampoco la necesitarás para poder obtener tu e.firma.
Esto aplica para personas físicas y morales, mientras que, si tienes una cita en el SAT no tendrás la necesidad de realizar una preinscripción en el portal del SAT, únicamente acudir.
Estas dos medidas fueron implementadas para que los trámites sean más ágiles y no sean tan tediosos para los contribuyentes.
Pero entonces, si ya no piden el CURP, ¿qué es lo que debo de llevar ahora como documentos de requisito? Solo bastará con tu INE y USB.
Inscríbete en el RFC y genera tu e.firma, toma en cuenta que, con la simplificación de trámites, únicamente debes presentar tu INE y USB, describe el SAT mediante tu perfil oficial en ‘X’ (antes Twitter).
Así como no se solicita más el CURP, tampoco será necesario que lleves tu comprobante de domicilio.
¡Ten esta información en cuenta! Estamos seguros de que puede servirte de mucho por si vas a realizar un trámite y evites llevar tanto documento que ya no se necesita.
