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SAT: Estos 2 pagos no serán deducibles este regreso a clases

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Quienes se mantienen al tanto de sus declaraciones ante el SAT, sabrán que existen algunos gastos que pueden ser deducibles, entre ellos los gastos educativos. Sin embargo, el fisco ha anunciado que este regreso a clases, dos de todos los gastos educativos no serán deducibles.

Toda nación debe contar con una institución capaz de poner orden en situaciones fiscales y aduanales. México no es la excepción, pues nosotros contamos con el Servicio de Administración Tributaria, también conocido como el SAT.

Esta dependencia gubernamental tiene como objetivo hacer cumplir las leyes fiscales en todo el país, ya sea, a personas físicas o morales, esto con el fin de que se entreguen las correspondientes contribuciones que son usadas para el gasto público en general de la nación.

Estas contribuciones de las que hablamos son los impuestos que toda persona o empresa debe pagar a la autoridad fiscal al estar realizando algún tipo de actividad económica dentro del país.

Al final del ejercicio fiscal de cada año, cuando hubo gastos deducibles, por lo general, el SAT hace saber a los usuarios que tienen un saldo a favor que puede ser depositado a sus cuentas.

Estas deducciones de impuestos son gastos que el SAT ya tiene previamente identificados, los cuales son gastos que tienes el derecho de descontar en el monto final que se tiene que pagar en la declaración anual.

Entre toda la lista de gastos que pueden ser deducibles, tenemos los gastos que se realizan cuando nuestros hijos entran a la escuela por primera vez o regresan a clases.

Sin embargo, el SAT ha comunicado durante este año que este regreso a clases del ciclo escolar 2024-2025 un par de gastos educativos no serán posible deducir de nuestros impuestos en la próxima declaración anual.

Crédito de imagen: Shutterstock

Durante este regreso a clases, los gastos que no podrás deducir de tus impuestos son las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción del alumno en sí, así como, el pago del transporte escolar tampoco podrá deducirse, a menos que este último sea un pago obligatorio por parte de la institución educativa.

Cabe recordar que, previamente, el SAT ya declarado que las colegiaturas de escuelas públicas y privadas que tengan validez oficial sí pueden brindar deducción de impuestos, pero solo bajo los siguientes límites:

Preescolar: hasta $14,200

Primaria: hasta $12,900

Secundaria: $19,900

Escuela técnica: $17,100

Bachillerato: $24,500

Con esto, cabe mencionar que, en cuanto a deducciones de impuestos por gasto educativos, el SAT solo acepta gasto que van desde preescolar hasta bachilleratos.

Para poder hacer deducción de impuestos, simplemente bastará con guardar el comprobante de pago de cada colegiatura.

Así que, ahora lo sabes, si eres de las personas que saca provecho a todas las oportunidades que el SAT nos brinda, es importante que conozcas esta información, pues para el próximo ejercicio fiscal anual no podrás realizar deducciones de impuestos sobre los dos gastos que ya te mencionamos.

De igual forma, toma tus precauciones, puesto que, el regreso a clases de los alumnos siempre significa que se aproximan gastos importantes, además de colegiaturas, uniformes, útiles escolares, transportes, entre muchos otros.


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