¿Tu jefe te hace trabajar en tu hora de comida? Esto dice la LFT

Es importante que el empleado esté informado acerca de cada factor de su empelo, para que de esta manera se eviten inconvenientes con la empresa en la que labora. Tal situación suele ocurrir cuando estás a punto de salir a comer y en eso te piden un trabajo que no puede esperar y que es necesario que dejes tu hora de comida para poder entregarlo, ante esto, la Ley Federal del Trabajo (LFT) se pronuncia al respecto, por lo que te recomendamos continuar leyendo para que sepas qué dice la LFT acerca de cuando tu jefe te hace trabajar en tu hora de comida.
Todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a tener tiempo para comer, así lo marca la Ley Federal del Trabajo. Por lo que en México la hora de comida es considerada un derecho laboral que es indispensable en cualquier jornada de trabajo. Por tal motivo, la LFT establece que todo trabajador tiene derecho a disfrutar de una hora de comida al día, sin que esta se compute como tiempo laboral.
Es importante tomar esto en cuenta, ya que muchos piensan que la hora de comida cuenta como tiempo trabajado, lo cual es completamente erróneo, ya que, según la LFT, la hora de comida NO se cuenta como tiempo trabajado. Sin embargo, cuando la hora de comida está en proceso, el patrón SÍ puede interrumpirla, pero el patrón tiene que respetar en todo lo posible dicho momento para comer, pero si la urgencia por laborar es tal, entonces se tiene que pagar como hora extra.
Por lo tanto, tu jefe puede hacerte trabajar en tu hora de comida, pero solamente en casos muy urgentes, ya que está obligado a respetar en todo momento esa hora que tienes para alimentarte adecuadamente, puesto que la hora de comida en tu jornada laboral es obligatoria. En caso de que tu jefe te haga laborar en tu hora de trabajo, entonces este está obligado a pagarla como hora extra, según la LFT.
Artículo 63, Ley Federal del Trabajo: «Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos, que deberá ser considerado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.»

¿Cuáles son los tipos de turno laboral en México y cuánto tiempo de comida me corresponde en cada uno de ellos?
° Jornada Diurna: esta jornada comprende entre las 6 y las 20 horas, dando un total de 8 horas laborales. Por lo tanto, la Ley Federal de Trabajo contempla que son 30 minutos para la hora de comida
° Jornada Mixta: esta jornada contempla las jornadas diurna y nocturna, y es considerada mixta cuando el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, teniendo como duración máxima 7 horas y media. Para esta jornada, la LFT estipula que la hora de comida es de 30 minutos.
° Jornada Nocturna: por último, esta jornada abarca entre las 20:00 horas hasta las 7:00 horas, teniendo una duración máxima de 7 horas. Por lo que, la LFT estipula que es una hora de comida y descansos no menores de 15 minutos por cada tres horas laboradas.
Como puedes notar, la hora de comida está contemplada, según la LFT de 30 minutos en una jornada laboral de 8 horas, sin embargo, se suele dar realmente 1 hora de comida, ya que según PROFEDET contempla que una hora para comer es el tiempo suficiente para comer bien.
