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¿Qué trabajadores NO recibirán el reparto de utilidades 2024?

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El reparto de las utilidades es un derecho de cada trabajador, pero ¿a quiénes no les darán este beneficio? Aquí te lo decimos.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo menciona que las utilidades <<es un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa>> haciendo un especial énfasis en que esto será siempre y cuando la empresa genere.

Este beneficio y derecho empieza a darse desde el primer día hábil de abril, hasta el último día hábil de mayo, de acuerdo con la misma Secretaría de Trabajo.

Ahora bien, para que puedan darte utilidades, deberás contar con al menos 60 días laborados dentro de dicha empresa. En caso de cumplirlos y que no quieran pagarte las utilidades, aun cuando la empresa generó suficiente como para recibir el derecho, puedes dirigirte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ellos se encargarán de resolver tu caso.

Sin embargo, debes tener en cuenta que hay empleados que no recibirán utilidades, y en este caso no aplica el proceso anterior (acudir con la Procuraduría), así que presta mucha atención y revisa si te encuentras dentro de estos trabajadores.

Administradores

Directores

Gerentes generales

Profesionistas técnicos

Socios o accionistas

Estos 5 puestos mencionados con anterioridad quedan fuera del reparto de las utilidades, así lo establece la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.

Trabajadores domésticos

Con esto nos referimos a quienes estén trabajando en un hogar (aunque sea ajeno), realizando trabajos de limpieza, cuidado de niños o en cocina.

Trabajadores que estén de eventuales

Como su nombre lo indica, son trabajadores eventuales, en algunos de los casos, estos trabajadores no llegan a completar los 60 días laborados, mismos que deben cumplirse para poder recibir la utilidad.

Crédito de imagen: El Economista

Recordemos que estas personas son las únicas que no recibirán utilidades, según la Secretaría de Trabajo. De estos trabajadores, en fuera, todos deberán recibirlas, a menos que la empresa no haya obtenido una ganancia establecida.

Si tu empresa tuvo ganancia, y no perteneces a los trabajadores anteriormente mencionados, entonces acércate a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, aquí seguirán tu caso de cerca y te brindarán la solución adecuada llegando a un acuerdo con la empresa para la que labores.

Por último, pero no menos importante, si estás preocupado por los impuestos que debas pagar, dado tus utilidades, debes saber que este solo lo pagarás <<en casos que la cantidad exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo>> según las autoridades correspondientes.

Toda la información anteriormente mencionada resulta de gran importancia, ¿la razón? No debes pasar por alto información de tus utilidades, y estar muy atento a cualquier comunicado, así a la fecha en la que te las den, recuerda que esto debe pagarse a partir del primer día hábil de abril y antes del último día hábil de mayo.


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