El SAT no te hará válida esta deducción por 4 importantes motivos

En México, hablar de finanzas siempre nos lleva a hablar de la institución mexicana gubernamental por excelencia que se encarga de recolectar y salvaguardar las riquezas del país y las otorgadas por los contribuyentes, por supuesto hablamos del Servicio de Administración Tributaria, también conocida como el SAT.
Cada persona que reciba un salario o tenga algún negocio debe hacerse cargo de su salud financiera, esto quiere decir que debemos ser conscientes y responsables con nuestra economía, no gastar más de lo que se gana, evitar deudas o préstamos, separas nuestro dinero en gastos importantes, ahorrar, entre muchas otras cosas que mantendrán unas finanzas estables en nuestra vida y evitaremos pasar malos ratos.
Sin embargo, para tener unas finanzas totalmente estables, también debemos poner atención a nuestra relación con el SAT, ya que este es el que se encarga de recolectar los impuestos de toda persona física o moral que realicen actividades económicas dentro del país para el gasto público, y así hacer cumplir las leyes fiscales.
Son variadas las responsabilidades que tenemos antes el servicio tributario, algunas de ellas tienen una complejidad alta, es por eso por lo que muchas son las personas que suelen o evitar al SAT o contratar a alguien más experimentado en esos temas para que se haga cargo de sus finanzas, todo esto para evitar tener problemas con el SAT, lo cual puede volverse algo muy serio.
De la misma manera, el SAT también hace de conocimiento público que hay maneras de reducir el monto final de los impuestos a pagar al final del año fiscal, uno de estos beneficios es la deducción de impuestos.
Esta actividad fiscal es más un derecho, y nos dice que como contribuyente tenemos el derecho a gastos que podemos reducir de los ingresos acumulables en la declaración anual de impuestos, es decir, son gastos con los que podemos disminuir lo que pagamos de impuestos, e incluso en ocasiones nos pueden proporcionar un saldo a favor, esto quiere decir que podemos recibir dinero del SAT.

Recientemente, el SAT ha informado un par de gastos personales que pueden ser deducibles de impuestos. Estos pagos deducibles son los gastos funerarios y bienes que se obtuvieron por herencia, ambas cuotas pueden ser deducibles del pago del Impuesto Sobre la Renta, también conocido como ISR.
Según información del mismo Servicio de Administración Tributaria, en cuanto a los gastos funerarios, estos pueden ser deducibles solo si estos no exceden la cantidad de un UMA, esto es una Unidad de Medida y Actualización, lo cual equivale a aproximadamente $29,402.88 pesos mexicanos.
Estos pagos funerarios solo podrán ser deducibles en tus impuestos cuando el servicio funerario sea utilizado, los servicios que se contratan con antelación al deceso no cuentan.
Así mismo, solo podrán deducirse de los impuestos si se es cónyuge, hijo, padre, abuelo o nieto del fallecido.
Para recibir este beneficio, solo hay que recordar pedir una factura válida para el SAT de los servicios que se recibió, y presentarla en la declaración anual.
En ciertos casos el SAT no ve validez en la deducción, estos son los siguientes y hay que tomarlos muy en cuenta:
- No serán deducibles gastos extras cono servicio de comida o exhumaciones.
- Un comprobante fiscal no certero en el ejercicio fiscal al que corresponde.
- Gastos funerarios para mascotas.
- Cuando el título del Comprobante Fiscal Digital por Internet no tiene como concepto <<gastos funerarios>>.
En cuanto al tema de las herencias, el SAT ha concluido que si esta es mayor a los 500 mil pesos mexicanos y el beneficiario está inscrito al Registro Federal de Contribuyentes, o RFC, solo así la herencia será libre de pagar impuestos, y solo será efectiva en herencias de personas físicas.
Cuando se trata de inmuebles o muebles, el beneficiario deberá presentar un pago de impuestos sobre el 3% o 5% del valor total de lo heredado.
