SAT lanza nueva versión del complemento Carta Porte: fecha límite para emitirla y desde cuándo será válida

Dentro del territorio nacional mexicano, tanto personas físicas como empresas, todos los días realizan operaciones económicas, las cuales están regularizadas por un organismo gubernamental encargado de las finanzas del país.
En México, en cada rincón del país rige una institución de gobierno encargada de poner en línea todas las actividades económicas que se realicen dentro del territorio nacional, así mismo, este organismo suele aplicar las leyes legislativas, tanto fiscales como aduaneras, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan al gasto público equitativamente, por supuesto hablamos del Servicio de Administración Tributaria, también conocida como el SAT.
Es mucho lo que se dice del SAT, al ser un órgano federal es importante mantener contacto con este, ya que, las consecuencias podrían ser complicadas de resolver, pero, las operaciones que esta institución suele manejar no son de la comprensión de cualquier persona, si bien es cierto que se trata de simplificar los movimientos del SAT, no todas estas operaciones pueden reducirse a tareas más sencillas.
Sin embargo, el SAT sigue evolucionando, buscando la manera en que cada propietario de una marca, de una empresa, de un local, o simplemente que sea trabajador registrado, tengan la oportunidad de entrar verificar sus estatus ante el SAT.
Es por eso por lo que esta institución sigue en constante actualización, tal y como es el caso de la Carta Porte, la cual se tienen en mente actualizar a la versión 3.0 y el SAT ha advertido a sus usuarios cuando sucederá esto y qué consecuencias tendrá.
Para esclarecer un poco más sobre el tema, la Carta Porte es un documento oficial que te otorga la libertad de tener posesión y transportar cualquier tipo de mercancía, dentro del marco legal, en todo el territorio nacional mexicano. En otras palabras, es una factura electrónica que el SAT pide tramitar si eres una persona física que busca trasladar bienes por su propia cuenta, ya sea por tierra, mar o aire.

Este documento es necesario si quieres mover mercancía o bienes propios para comprobar que esos objetos en realidad son tuyos y legales. De no portar este documento, y al ser requerido y no tenerlo, los agentes de la ley tienen la obligación de detener tu paso y encima de eso multarte con sanciones que van desde los $760 pesos hasta los $14,710 pesos, así lo menciona el mismo SAT.
De la misma manera, el Servicio de Administración Tributaria siempre hace la observación a sus usuarios que toda la información compartida en sus portales y documentos está bajo protección del Secreto fiscal, y cabe destacar que este registro ayuda a formar un comercio limpio y legar, disminuyendo en gran medida los transportes de mercancía de forma ilegal o con contrabandos en las unidades móviles.
Por razones de protección a los intereses del comercio mexicano legal y de los comerciantes del país, el SAT actualizó su portal web a la versión 3.0, con esto se busca que cada contribuyente que realice actividades económicas en el país pueda hacerse de su factura electrónica de forma fácil y rápida, junto con su complemento la Carta Porte para poder mover mercancía en todo el territorio nacional.
Así mismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, organismo también gubernamental que trabaja de la mano con el SAT, el cual ha lanzado un comunicado en el que se expresa que esta actualización entrará en vigor este 25 de noviembre del 2023, solo con la finalidad de que los usuarios se vayan acostumbrando y familiarizando con las nuevas interfaces y herramientas del sistema 3.0 del SAT, esto quiere decir que hasta el día último de este presente año 2023, se podrán seguir emitiendo facturas con la versión 3.0 del SAT, y entrando el 2024, será de manera obligatoria la actualización a la versión más reciente.
De igual manera, recordamos que este complemento obligatorio, la carta porte, es un requisito relativamente reciente, su acreditación y portación obligatoria entro en rigor apenas en 2022, esto para combatir los contrabandos de mercancía ilegal, robada o no registrada.
Así que, toma tus precauciones, familiarízate con el nuevo sistema, y recuerda, a partir del 1 de enero del 2024, todos tus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, o CFDI por sus siglas, también conocidas como facturas electrónicas, junto con las cartas porte, deberán ser emitidas con la versión 3.0 de la plataforma del SAT. De la misma forma, cabe destacar que el mismo SAT puso a disposición de la población en general sus Nuevos Catálogos de la versión más reciente para comprender más de esta actualización.
