¿Me pueden despedir si tengo actas administrativas? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

A todos nos preocupa que en algún momento de nuestro trabajo nos lleguen a sancionar con un acta administrativa, ya que estas se levantan cuando un trabajador comete fallos o incumple los códigos de conducta que se han establecido previamente en la empresa donde esté laborando. Y aunque muchas veces estas son redactadas cuando las faltas cometidas son menores, hay ocasiones en las que el asunto va más allá y señalan un delito más grave.
Para entrar en contexto, un acta administrativa es una manera de sancionar a un trabajador cuando este haya roto alguna de las normas o reglas existentes en la empresa, como una especie de aviso a los empleados sobre un posible despido. Estas actas tienen como propósito evidenciar las malas prácticas o faltas que comete el trabajador, y van desde leves hasta delitos. Son documentos que fungen como justificante para demostrar que no se ha despedido al trabajador sin motivo, en caso de que este último desee interponer una demanda por despido injustificado en el futuro.
Hasta el momento, no hay un número límite de estas actas para despedir al empleado, ya que no dependen solamente de la Ley Federal del Trabajo; también es necesario tomar en cuenta las reglas internas de cada compañía, por lo que el número límite de actas administrativas depende de cada empresa, de igual manera, es importante revisar el contrato antes de firmar.

La Ley Federal del Trabajo en México ha establecido en el artículo 47 las causas por las que un empleador puede rescindir la relación laboral sin tomar ninguna responsabilidad, justo donde juegan un papel importante las actas administrativas. Algunas de las causas que más relevancia tienen, son las que te enlistamos a continuación:
- Engaño por parte del trabajador con certificados falsos o referencias engañosas.
- Comisión de faltas de probidad, actos de violencia, injurias o malos tratamientos contra el patrón, colegas, familiares del patrón o clientes y proveedores del patrón.
- Perjuicios materiales intencionados causados por el trabajador durante el desempeño de sus labores.
- Más de tres faltas de asistencia injustificadas en un período de treinta días.
- Desobediencia injustificada a órdenes del patrón.
Ante estos casos, de acuerdo con la LFT, el empleador debe dejar en escrito un aviso al empleado donde indique claramente su conducta que motiva la rescisión y las fechas en que ocurrieron, siendo entregado al trabajador al momento del despido o comunicarse al tribunal competente dentro de los 5 días hábiles posteriores.
Y en caso de que te preguntes si pueden despedirte por acumular actas administrativas, la respuesta corta es SÍ. Especialmente, si las faltas cometidas son graves y se ajustan a las causas que enumera la LFT, aunque, eso sí, ningún empleador puede obligar a un trabajador a firmar un acta administrativa, pues el trabajador tiene derecho a defenderse y explicar su versión de lo ocurrido antes de que se levante dicho documento. En este aviso, debe ir incluida la información que detalle los hechos, fecha y hora del levantamiento del acta, el nombre de la empresa, los nombres y puestos de todos los individuos involucrados, la descripción de la falta cometida, declaraciones de testigos y del empleado sancionado y las firmas correspondientes.
